LA COMPLICADA SITUACIÓN ACTUAL DE LAS FÓRMULAS MAGISTRALES

 

 

 

 

Una gran cantidad de las opiniones vertidas en este texto están tomadas del artículo de Antonio Muro “¿Por qué quiere Sanidad prohibir la formulación magistral?” publicado en la revista Discovery Salud (nº 53 septiembre 2003).

 

 

¿QUÉ ES ESO DE LAS “FÓRMULAS MAGISTRALES”?

 

La Ley del Medicamento define la fórmula magistral como "el medicamento destinado a un paciente individualizado, preparado por el farmacéutico, o bajo su dirección, para cumplimentar expresamente una prescripción facultativa detallada de las sustancias medicinales que incluye, según las normas técnicas y científicas del arte farmacéutico, dispensado en su farmacia o servicio farmacéutico y con la debida información al usuario."

 

Así pues, una fórmula magistral no es, sino una "medicina personalizada" que el médico y el farmacéutico -trabajando en equipo- elaboran expresamente para un solo paciente en función de sus características personales, intentando conseguir la mayor eficacia con la mínima posibilidad de aparición de efectos secundarios.

 

UNA ACLARACIÓN INICIAL QUE CONSIDERO MUY NECESARIA

 

Lo primero que quiero dejar muy claro –pues parece que este aspecto no es conocido por el público en general ni tampoco por bastantes médicos- es que las fórmulas magistrales han sido siempre y siguen siendo absolutamente legales y suponen una posibilidad más que cualquier médico puede utilizar o no a la hora de prescribir un tratamiento.

 

Esto resulta esencial hacerlo, ya que en algunos medios de comunicación parece como si existiera un cierto interés en presentar como sinónimos los términos de “fórmula magistral” y “medicación fraudulenta” o lo que es casi peor, de “pastillas adelgazantes milagrosas” o expresiones despectivas similares, lo que mueve a la opinión pública a confusión y a una postura de rechazo a priori ante la fórmula magistral. Así que quede muy claro que la formulación magistral es una práctica legal y que puede ser utilizada –como de hecho lo es- para tratar cualquier patología médica y no se utiliza solamente en los tratamientos para adelgazar, sino que también se utiliza con frecuencia en dermatología, psiquiatría, endocrinología, oftalmología, odontología, pediatría, geriatría y alergología.

 

Y así se ha venido haciendo a pesar de que no existía una regulación legal específica ni se había creado el llamado Formulario Nacional hasta que apareció la Orden Ministerial de 14 de febrero de 1997 sobre tratamientos peculiares con el aparente objetivo de regular esa cuestión. La verdad, sin embargo, es que una de las aplicaciones más frecuentes de las fórmulas magistrales eran los tratamientos de la obesidad... y como eso está empezando a mover mucho dinero, parece que hay algunos interesados en que no se reparta el pastel.

 

 

LAS EXIGENTES NORMATIVAS DE SANIDAD Y SUS IMPEDIMENTOS AÑADIDOS

 

De entrada, las nuevas normativas de Sanidad son tan estrictas en lo que se refiere a las autorizaciones para que las oficinas de farmacia continúen preparando fórmulas magistrales –como han venido haciendo toda la vida- que prácticamente las equipara en ese sentido con los grandes laboratorios industriales, con lo que son muy pocos los farmacéuticos que pueden asumir esos gastos.

 

Aquilino Corral, presidente de la Asociación Española de Farmacéuticos Formulistas, definía así la situación en septiembre de 2003:

 

Yo creo que hay sectores interesados en acabar con la fórmula magistral, con que vaya muriendo. Antes yo pensaba que querían que muriera lentamente pero creo que ahora quieren que muera rápidamente. Hasta hace poco nadie se metía con la formulación magistral. Todo el mundo veía que era una terapéutica, una cosa pequeña, tal vez de poca importancia a nivel de dinero, pero con una gran importancia sanitaria a nivel de tratamiento del paciente. Cuando salió en el 2001 el Real Decreto de Normas de Correcta Elaboración y Control de Calidad mucha gente pensó, en efecto, que era el golpe de gracia a la fórmula magistral. Sin embargo, se encontraron con la sorpresa de que muchos farmacéuticos hicimos un esfuerzo importante en tiempo, dinero y personal para adecuarse a la ley y seguir formulando. Y parece ser que eso ha molestado. Sin querer ser paranoico, parece que sí, que hay una intención de acabar con la formulación magistral con la imposición de las nuevas normas.

 

El Real Decreto citado además de fijar las condiciones que debe tener tanto la zona de laboratorio como el utillaje empleado establece un complejo sistema documental que permita, en caso de que surjan problemas, reconstruir paso a paso todas las operaciones realizadas durante la formulación y daba de plazo a las farmacias para adaptarse a las nuevas normas hasta marzo del 2003. Ante la imposibilidad práctica de que esto fuera así se otorgó una prórroga hasta enero del 2004. Cabe añadir que la inversión que debería realizar una farmacia para adaptarse a las nuevas normas ronda los 60.000 euros (unos diez millones de pesetas).

 

-¡Pues no está mal pensado!- me digo yo -Si acaban de golpe y porrazo con todas las farmacias que preparen fórmulas magistrales acabarán de paso con todos los médicos formulistas, porque no habrá ningún sitio donde les puedan preparar sus prescripciones, ¿no?... ¡Genial! ¡Un golpe maestro!

-Vamos, vamos, doctor Luengo, no se lo tome usted así. Es lógico que tenga que haber unas normativas al respecto, ¿no es cierto?

            -¡Por supuesto que sí! Y eso es lo que todos queremos: que exista una normativa clara, coherente –desde el punto de vista ético, clínico y farmacológico- y sin que existan discriminaciones favorecedoras hacia la industria farmacéutica que no benefician en ningún modo al paciente ni a la salud pública. Que todos –farmacéuticos y médicos- sepamos con claridad qué es lo que se puede y no se puede hacer, y podamos trabajar tranquilos.

            -¿Pero es que las normativas actuales no lo dejan claro?

            -Pues fíjese en lo que nos sigue diciendo Aquilino Corral, que es un hombre muy sensato y poco amigo de estridencias, sobre este aspecto:

 

Los farmacéuticos formulistas trabajamos con una inseguridad jurídica grave ya que la Orden Ministerial de 1997 estableció unas prohibiciones y bajo esas pautas hemos estado trabajando hasta prácticamente la primavera del año 2002, momento en el cual parece ser que los servicios de inspección sanitaria detectan unas desviaciones -fundamentalmente en una farmacia- que ellos consideraron que no se ajustaban a la citada orden. Entonces se da una reacción excesiva de las autoridades sanitarias que, de repente, dan un parón a todo. Todo el sector queda paralizado porque las inspecciones que nos hacen son tan restrictivas que prácticamente nos prohíben hacer cualquier cosa mientras en el comercio se venden libremente productos similares a los que nosotros hacíamos, pero fabricado por empresas del sector; en unos casos herbo-dietéticas y en otros farmacéuticas. Nos duele este agravio comparativo. Durante varios meses los médicos no han sabido si lo recetado era legal o no, y eso crea una inseguridad que se traslada a las farmacias y a los pacientes.

 

También es verdad que esto parece un ataque fundamentalmente dirigido contra los tratamientos peculiares, especialmente la obesidad y la celulitis. A los médicos les dicen que no pueden recetar con fórmula magistral un tratamiento de más de tres meses y, en cambio, leemos en la literatura científica que hay medicamentos fuertes que sí pueden estar usándose tres o cuatro años. Es un contrasentido total porque una terapia con plantas medicinales es siempre más suave y menos agresiva que una terapia con medicamentos de síntesis química. Todo lleva a la misma conclusión: quieren dar la exclusiva de los productos curativos a la industria farmacéutica. En unas jornadas que hubo en diciembre en el Colegio de Médicos de Madrid su portavoz ya nos dijo que ellos eran los únicos facultados para hacer bien los medicamentos.

 

            -O sea, que la normativa no está demasiado clara y parece tendenciosa, ¿no es así?

            -Yo creo que la normativa en sí está bastante clara, pero lo malo es que su interpretación se deja al exigente criterio de la inspección sanitaria que eventualmente se pueda producir, interpretación que se realiza sistemáticamente en contra de la prescripción del médico –al menos en la Comunidad de Madrid-, con lo que se da el caso de que un mismo preparado es considerado legal o ilegal dependiendo de quién sea el que realice la inspección y cuándo y en qué lugar se produzca esta.

            -¿A tanto llega la cosa?

       -Pues mire usted, la Asociación Española de Farmacéuticos Formulistas denunciaba el pasado mes de diciembre en su revista profesional la situación de desconcierto de los farmacéuticos inspeccionados por la variable interpretación de la normativa por los inspectores, ya que éstos mismos sugieren al farmacéutico que se comprometa en el acta de inspección a no realizar más fórmulas magistrales para tratamientos peculiares salvo consulta previa a las Autoridades sobre la validez de las prescripciones de los médicos. La sugerencia va acompañada del anuncio de que, de no renunciarse a ese derecho profesional, podría ser clausurada la oficina de farmacia en la próxima inspección. Y los farmacéuticos que no han hecho constar en acta esa renuncia han recibido llamadas de “amigos” desde la Administración aconsejándoles que presenten escritos renunciando expresamente a sus derechos para evitar el cierre cautelar de sus farmacias. Finalmente, los farmacéuticos que no han atendido esas invitaciones han visto sus oficinas de farmacia clausuradas cautelarmente en su totalidad (no sólo su laboratorio) por supuesto peligro para la salud pública, que se argumenta con que continúan realizando la actividad que la Comunidad Autónoma había detectado unos meses atrás. De donde se deduce que el cierre no es por el peligro para la salud pública, pues no se cerraron cuando se detectaron las supuestas anomalías, sino como “escarmiento” por no haber aceptado la “invitación” de la inspección sanitaria.

 

Si Sanidad dijera claramente: "Tienen que hacer las cápsulas de esta manera", eso sería aceptado por médicos y farmacéuticos, pero lo que no tiene derecho a decir es: "No vuelva usted a hacer cápsulas para adelgazar" alegando que "tienen miedo de que sean perjudiciales para la salud". Para eso tendrían que aportar documentación y retirar del mercado todas las preparaciones similares que hiciera la industria farmacéutica.

 

            -¡Vaya lío! Pues sí que parecen un tanto mafiosillos los procedimientos de la Administración, ¿no? Pero bueno, ¿y qué pasa si los farmacéuticos realizan la consulta a las Autoridades sobre la validez de la prescripción de la receta médica que les haya llegado?

-Pues lo que pasa es que se pueden morir de viejos esperando la respuesta. Los farmacéuticos que aceptaron consultar las fórmulas antes de hacerlas se aburrieron de esperar a que llegaran las respuestas a sus preguntas, lo que supone una grave negligencia y desatención para con los pacientes por parte de Sanidad. Es de señalar que algunas de las fórmulas consultadas coinciden con preparados industriales que se venden libremente en comercios de grandes superficies por lo que sólo la ignorancia de algunos funcionarios puede explicar ese silencio, salvo que haya una voluntad de acabar con toda formulación en beneficio de unas pocas industrias.

            -Pues no he leído nada de eso en los periódicos...

-Ni lo leerá, porque no ha sido publicado por casi ningún medio de comunicación, ya que parece que a alguien no le interesa que esa información alcance a la opinión pública, pero mientras tanto las inspecciones se han multiplicado y médicos y farmacéuticos formulistas se sienten amenazados en su capacidad profesional. La voluntad de terminar con la práctica de la formulación es la gran amenaza que parece subyacer permanentemente en este conflicto. La Administración  se pretende justificar por la existencia de casos excepcionales -sobre todo en el problema del tratamiento de la obesidad- que –estos sí- han trascendido a bombo y platillo a todos los medios de comunicación causando una gran alarma social. Por supuesto que los médicos y farmacéuticos entienden que la actividad tiene que ser regulada y no se oponen a que si hay farsantes en su especialidad -como en cualquier otra- se les desenmascare y se les sancione, pero piden que se haga desde el respeto a la libertad de prescripción de quienes son médicos de verdad, pues no parece que esa libertad sea respetada mientras que se les impida utilizar especialidades que sí que se les permite fabricar y vender a los laboratorios o, incluso, usar plantas que se venden libremente en herboristerías y grandes superficies.

 

-Y aquí también hay que dejar claro que el uso de plantas en formulación magistral está previsto en una norma con rango de ley, posterior a la Orden de 1973, sin ninguna limitación. Además, la disposición tercera de la citada Orden de 1997 excluye literalmente de su aplicación a las plantas medicinales, salvo posterior regulación, ¡y se ha estado sancionando a médicos y farmacéuticos por su utilización supuestamente indebida! ¡Eso es un abuso de autoridad descarado que no tiene nombre! ¡Es una desfachatez! ¡Eso es...!

-Dr. Luengo...

-¿Sí?

-Modérese. Recuerde que estas palabras son del dominio público...

-Es verdad. Tiene usted razón. Me calmaré. Digamos que todo lo expuesto implica que la actuación de los inspectores al hacer esa distinción resulta ser contraria a la Ley del Medicamento y a la Orden de 14 de febrero de 1997. ¿Le parece mejor así?

-Suena más correcto. Continúe, por favor.

-Pues eso, que además los médicos formulistas están siendo expedientados por usar sustancias que se encuentran en medicamentos comerciales, lo que denota una seria limitación de su libertad de prescripción y una clara discriminación frente a la industria. En fin, que la situación provocada por la Administración es tan caótica que hace que lo que no es posible recetar en la Comunidad de Madrid sea posible hacerlo en Castilla La Mancha o Valencia, por ejemplo, y no parece que los criterios científicos sean los que prevalecen cuando en cada comunidad autónoma se permiten asociaciones diferentes, cuando se ignora el carácter crónico de la obesidad en el tratamiento o cuando las Autoridades Sanitarias ignoran las preguntas realizadas por escrito por las asociaciones formulistas tratando de aclarar los temas.

 

Ricardo Ibáñez Castresana, abogado y Secretario de la Asociación Española de Médicos Formulistas, dice al respecto:

Lo que nosotros queremos es que existan pautas para adecuarnos a ellas. Desde la Asociación lo que quisiéramos es dar pautas pero es que en este momento no las tenemos. Tanto la orden del 97 como el decreto del 2001 son textos legales ambiguos, están sobre todo dirigidos a los farmacéuticos y no aclaran las cosas. Si hay algo que regular... que se regule. Lo que no puede aceptarse es que estemos sometidos a los diferentes criterios de los inspectores cuando en cada comunidad autónoma estos varían. Hasta los importes de las multas y las limitaciones son distintas.

 

            -¿Y por qué no se denuncian estos hechos si es que son así de graves?

            -¡Claro que se denuncian! Pero siempre son las Autoridades las que tienen la sartén por el mango y sólo oyen lo que quieren oír. La actuación del Ministerio de Sanidad motivó una denuncia de la Asociación de Farmacéuticos Formulistas en la revista Farmacia Profesional. En ella se protestaba por el deterioro al que estaba llegando la situación: "Entendemos desde esta Asociación que la actuación de los funcionarios de la Inspección es un claro atropello a los derechos de los farmacéuticos, de los médicos, y a la legislación vigente, que podría ser incluso delictiva, y que esa actuación se está realizando de forma deliberada para terminar no sólo con las fórmulas previstas en la Orden de 1997 sino con toda la formulación magistral". ¿Se puede decir más claro?

       -¿Y qué pasó? ¿No les hicieron caso?

            -¿Que si les hicieron caso? ¡Juá! ¡Deje que me ría! La respuesta fue que al cabo de un mes de que se publicara la denuncia –en noviembre de 2002- se llevó a cabo la denominada “Operación Fórmula” –buen nombre, ¿eh?, para dejar en buen lugar a médicos y farmacéuticos formulistas- en la que a través de intervenciones espectaculares y desproporcionadas de las fuerzas de SEPRONA (Guardia Civil), bien arropadas en este caso por los medios de comunicación, y con la excusa de que se perseguían presuntos "delitos contra la salud pública", fueron detenidos en la Comunidad de Madrid varios farmacéuticos y más de 20 médicos formulistas. Detenciones que se produjeron en sus consultorios y ante sus pacientes, estando todo ello muy lejos del espíritu del artículo 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que afirma que "la detención y la prisión provisional deberá practicarse en la forma que menos perjudique al detenido o preso en su persona, reputación y patrimonio".

            Caray! ¡Así que no se anduvieron con chiquitas, ¿eh?! Sí, ahora que lo dice me acuerdo de haber visto algo de eso en la tele. ¡Vaya número, ¿no?! ¿Y nadie protestó por ello?

-Obviamente, las actuaciones fueron duramente criticadas, ya que sólo se realizan de esa manera en los casos de delitos de terrorismo o de tráfico de drogas. La doctora Juliana Fariñas, presidenta del Colegio de Médicos de Madrid salió en defensa de los implicados declarando públicamente que no había motivo alguno para que las fuerzas de seguridad actuaran contra los médicos como lo estaban haciendo y reclamando que se respetara el derecho a la presunción de inocencia, aunque el comunicado no alcanzó a la opinión pública, claro... 

-Sí. Parece claro que se pasaron un pelo.

-Y lo peor es que no existe ni ha existido por parte de las Autoridades ningún interés en aclarar la situación, ya que parece que es en estas aguas revueltas donde ellos se manejan con mayor soltura y hacen y deshacen a su antojo. Mire usted, la doctora Luz García Juan, médico formulista, nos dice:

 

"Tanto en la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid como en la Agencia Española del Medicamento entregué personalmente en julio del año pasado dos folios con preguntas y aún estamos esperando respuesta. Preguntas concretas como si se pueden asociar ciertos productos o si se pueden recetar algunos preparados, Es decir, queríamos que nos dijeran realmente lo que podemos hacer. No podemos -ni queremos- interpretar el espíritu del legislador así que les solicitamos que fueran concretos. No hemos tenido ni respuesta. Eso sí, desde entonces se han dedicado a inspeccionar a todo aquel que receta fórmulas magistrales y han seguido con las sanciones. Pero no hemos obtenido respuestas de nadie. Y me consta que tanto a nivel personal como a través de abogados se les ha pedido explicaciones".

 

-¡Vaya! Pues eso no está nada bien. Creo que empiezo a entender porqué  están ustedes tan enfadados, ¿no? Y es que además les están poniendo como a los malos de la película, porque todo el mundo habla mal de ustedes y de sus fórmulas.

-Sí, sí. Si encima somos unos sinvergüenzas que nos queremos forrar a costa de poner en riesgo las vidas de nuestros pacientes. Pues ya ve usted cómo son las cosas, y eso que aún hay más, hay mucho más... por ejemplo, me imagino que usted habrá padecido alguna vez una amigdalitis o una faringitis, ¿no es así?

-¡Pues claro! ¡Como todo el mundo! ¿Pero qué tiene eso que ver con lo que estamos hablando?

-¿Y qué es lo que le receta su médico en esos casos?

-Pues lo de siempre: Paracetamol o Aspirina si tengo fiebre y Clamoxyl o algún antibiótico para que se me pase la infección... Normal, ¿no? Pero no veo dónde quiere ir usted a parar.

-Pues quiero ir a parar a que siempre ha sido lo más normal del mundo en la práctica médica el prescribir dos o más fármacos para tratar una única afección, ¿no es así? Pues bien, agárrese, que si yo creo conveniente tratar a uno de mis pacientes obesos con una combinación de fármacos mediante formulación magistral, aunque estos vayan en distintas preparaciones –cápsulas, sobres o las que sean- y no presenten ninguna incompatibilidad entre sí, el inspector podrá interpretar si le viene en gana que estoy haciendo una asociación ilegal de productos y me podrá sancionar por ello, así como al farmacéutico que la prepare... ¿Qué le parece? Y los farmacéuticos están que trinan, claro, y dicen con toda la razón que:

 

"De forma continuada, los funcionarios están infringiendo tanto esta ley como la citada orden (1997). Y con ello se está favoreciendo a la industria farmacéutica frente a los farmacéuticos con oficina de farmacia. Piénsese que el médico podría haber prescrito libremente dos medicamentos conteniendo las sustancias medicinales de las fórmulas y que aunque el paciente hubiera presentado simultáneamente ambas recetas en la farmacia el farmacéutico habría estado obligado a dispensarlas. ¿Por qué va a haber responsabilidad del farmacéutico por dispensar dos fórmulas prescritas, cada una de ellas, con una de esas sustancias?"

 

-¿Cómo se queda usted?

-¡De piedra! ¡Me quedo de piedra! ¡Así que se la están jugando ustedes todos los días, ¿no?! ¡Qué emocionante! Pero bueno, vayamos a la práctica, porque me está usted aturullando un poco con este alud de información que no me resulta fácil de digerir... Yo lo que quiero es adelgazar ayudándome con la medicina más eficaz que haya –sibutramina decía usted en sus conclusiones del tratamiento farmacológico, ¿no?- sin que me vaya a suponer un perjuicio y sin que me cueste un ojo de la cara a ser posible. ¡A ver! ¿Usted me podría prescribir sibutramina en formulación magistral –para que me resultara mucho más barata- y yo podría presentar su receta en una de esas pocas farmacias que cumplen con los exigentes requisitos legales para poder formular y allí me prepararían la medicación?

-Mmmh... Mmmh... ¡Depende! Porque tampoco es así en todos los casos. La inmensa mayoría de las farmacias de Madrid, aún contando con la autorización para preparar fórmulas magistrales e incluso perteneciendo sus titulares a la Asociación de Farmacéuticos Formulistas Españoles (www.formulamagistral.com) se quejan de que no encuentran distribuidor que les sirva sibutramina para hacer sus preparados, siendo muy pocas las que disponen del producto legalmente. Dejemos que sean ellos los que se expliquen:

 

Al utilizar una especialidad farmacéutica también nos podemos encontrar con los problemas de patente. Las sustancias que se utilizan en una especialidad farmacéutica, generalmente tiene una protección de patente a menos de que hayan pasado 20 años desde su comercialización, pero si aún tiene la protección de patente, ¿pero podemos formular? Sí, el farmacéutico puede formular. ¿Por qué? Porque la Ley de Patentes, que entró en vigor el año 92, nos deja muy claro que «los derechos conferidos a la patente no se extienden a la preparación de medicamento, realizadas en las farmacias extemporáneamente, y por unidad de ejecución de una receta médica».

Entonces, ¿qué problema hay? Pues la obtención de la sustancia. La manera de obtenerla es del laboratorio fabricante, que para esa formulación la